Los dos conceptos en los que se basa el entramado
legal y conceptual de la propiedad intelectual son la obra y el autor. Ninguno
de los dos está definido en la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) española. No
sabemos qué es el autor y no sabemos qué es la obra. El listado del artículo 10
ni siquiera menciona que los libros, mapas, películas o esculturas sean obras,
sino que son objeto de propiedad intelectual “todas las creaciones originales
literarias,artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte,
tangible o intangible”.
Aquí la ley establece la idea de originalidad, una
vez más sin definirla. Lo cual podría tener sentido en el sistemas anglosajón
en el que los tribunales tienen ciertas facultades para interpretar la ley,
pero que en el sistema español, en el que el tribunal simplemente aplica los
preceptos, debería ser tarea del legislador.
Dejando de lado el problema de la originalidad,
queda por definir el alcance de la obra. En música ¿qué es una obra? O, por
decirlo de otra manera ¿Qué partes de una canción están protegidas por la LPI?
Que es lo mismo que preguntarse qué es lo que define el carácter irrepetible,
especial, distintivo, (ontológico, por ponerse pedantes) de una canción.
Las canciones se suelen registrar por medio de una
partitura con la melodía, la letra y la progresión de acordes. El timbre, el
ritmo, el sonido… ¿No forman parte del carácter distintivo de una canción?
Cualquier amante de la música te dirá que por supuesto. Tori Amos toca los
mismos acordes y canta la misma melodía que Nirvana, pero es evidente que cada
una de las interpretaciones le da un
carácter especial. ¿Es Smells like teen spirits realmente la misma
canción? ¿Maneja realmente el mismo material sonoro?
En 1947, una pianista negra llamada Paula Watson
grabó para el sello independiente Supreme una canción titulada A Little bird
told me, que fue un moderado éxito en algunas listas. En aquellos años
previos a la explosión del r’n’r, era habitual que las compañías más poderosas
grabasen sus propias versiones de los éxitos del mercado de música negra. Las
versiones, cantadas por las estrellas blancas, dulcificaban el sonido y
eliminaban las expresiones más agresivas, haciendo las canciones más aptas para
el buen gusto de las clases medias blancas.
La poderosa Decca publicó su versión
en la voz de Evelyn Knight, que la convirtió en número uno. Pero esta vez el
tema se interpretó de forma bastante similar al original, su sonido mantuvo la “negritud”
original. Supreme se enfrentó a Decca, denunciándola por
infringir su copyright. Curiosamente, el autor de la canción, Harvey Brook, se
mantuvo al margen, cobrando royalties de ambas versiones. La demanda de Supreme
argumentaba que la grabación era demasiado similar a la original, que habían
copiado el estilo vocal, los arreglos y la textura del sonido.
El juez sentenció que los aspectos copiados no eran
objeto de la protección del copyright y que, por lo tanto, grabar una canción
que mantenga los rasgos originales, siempre y cuando se paguen los
correspondientes royalties, es totalmente legal. Lo que crea una paradoja
cuando uno trae esas conclusiones a la modernidad. Lo que se protege de la
canción es aquello que es registrable en una partitura, que no deja de ser un
medio tosco de fijar la música, nacido en el contexto de la música culta europea
y por tanto adaptado a sus parámetros musicales. En tanto en la música popular
el ritmo y el timbre son, cuanto menos, tan esenciales como la melodía, buena
parte de la creación original queda en el limbo. Porque la partitura no es la
canción, y el autor, y la creación, cobran forma en la performance y la
grabación. Volvamos a Smells like teen spirits: qué poco nos dice una partitura
sobre el significado y la forma. ¿Cómo podría Butch Big, el productor del
disco, ver reconocida su impronta creativa? Desde luego, sólo a través del
sonido, no de su notación.
Leo en Steal
this music, de Joanna Demers (Univ. Of Georgia
Press, 2006) que Elvis Presley
Entreprises, la empresa que administra el legado de Elvis, hace años que
requiere a los impersonators de Elvis en Las vegas el pago de una
licencia. A donde no ha llegado el cada vez más largo brazo de las leyes de propiedad
intelectual han llegado las que protegen el derecho a la imagen de los famosos.
La forma de cantar de Elvis puede ser muy personal, pero no son pocos los
críticos (buena parte negros, como Gill Scott Heron) que han denunciado que el
de Memphis no dejó de ser un eslabón en una cadena creativa. Una vez más, los
blancos se apropian y capitalizan el legado negro. Y protegen el espolio con
pulcras leyes de propiedad intelectual.
NOTA: la historia de A Little bird told me
está contada con más detalle en el libro American Popular Music, de Larry Starr
y Christopher Waterman (2003, Oxford University Press)
REFERENCIAS
Demers, Joanna. 2006. Steal this music. How intellectual property law affects musical creativity. University of Georgia Press.